RCP

RecursoCameral

 

¿Qué es el RCP?

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La Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación (BOE Núm. 70, de 23 de marzo de 1993) modificada por el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal,  laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo y la Ley 11/1997, de 16 de diciembre, de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Valenciana,establecen que para la financiación de sus actividades dispondrán, entre otros, de los ingresos integrados en el Recurso Cameral Permanente.  

Más información
 

Mis trámites

Manténgase al día de la situación tributaria de su empresa respecto al RCP, modifique sus datos bancarios, solicite duplicados, mantenga actualizado... 

 

Pagos y consultas del RCP

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Para acceder a ciertas secciones de la web y poder realizar consultas, solicitudes o pagos a través del portal se requiere que el usuario acceda mediante el NIF y el nº de identificación que figura en la notificación recibida o con un certificado digital.

Pago por Banca Electrónica

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Si es cliente de BANESTO, BANCAJA o LA CAIXA , dispone de la comunicación/notificación del Recurso Cameral Permanente, que la Cámara le ha remitido y  todavía no ha finalizado el período de pago voluntario, podrá realizar el pago por la banca electronica de dichas entidades.

 
Ventajas del certificado digital

Las consultas y las gestiones relativas al Recurso Cameral Permanente que se realizan mediante este portal afectan a datos de carácter personal. Por este motivo, antes de facilitar el acceso es necesario garantizar la identidad de la persona que realiza el trámite o gestión y asegurar la confidencialidad de las operaciones.
La firma electrónica garantiza la identidad de la persona que realiza una gestión, así como la integridad del contenido de los mensajes que envía.
Es necesario, por lo tanto disponer de un certificado digital de usuario. Actualmente se pueden utilizar los emitidos por:

Para obtener más información sobre estos certificados, acceda a sus páginas web mediante los enlaces correspondientes.

MIS TRÁMITES
Accediendo con o sin certificado digital, como se indica en los apartados que figuran más abajo, puede realizar los siguientes trámites:

§         Pagar el Recurso Cameral Permanente 

§         Consultar el Recurso Cameral Permanente pendiente de pago que gestiona la Cámara o la AEAT

§         Consultar el Recurso Cameral Permanente pagado

§         Consultar y modificar datos propios de la empresa y de la domiciliación bancaria

§         Domiciliar el Recurso Cameral Permanente 

§         Obtener duplicados de recibos del Recurso Cameral Permanente 

§         Solicitar un certificado de estar al corriente de pago del Recurso Cameral Permanente 

 

 

 

 

 

Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Valencia

Web:www.camaravalencia.com
Email: recaudacion@camaravalencia.com.

Teléfono: 963 103 900
Fax: 963 531 748